En conformidad con el Estatuto de la Camera de Comercio Peruana Rumana, la asociación empresarial conforme su art. 20 y art. 21, estará constituida por un Consejo Directivo.

La Asociación empresarial será administrada y dirigida por un Consejo Directivo que tendrá las facultades de gestión necesarias para la administración de la Asociación, conforme a su objeto social; con excepción de los asuntos que la Ley o el Estatuto atribuyen a la Asamblea General.

El Consejo Directivo está integrado por:

Sus miembros, que podrán ser Asociadas o no, denominadas Directores, elegidas por la Asamblea General por un período de dos (2) años, pero continuarán en el cargo hasta que se designe a las personas que los sustituyan. Los Directores pueden ser reelegidos.